Recortes agrupados por día

  • Saturday, 13/02/2016 1

    • La ausencia del estado en el control de semillas despertó los conflictos actuales

      Desde la la ciudad de Leones Provincia de Córdoba como escenario la "Fiesta Nacional del Trigo" conversamos con el Presidente de la Asociación de Semilleros Argentinos (ASA), Alfredo Paseyro. Se refirió al conflicto por la cláusula Monsanto y puso dos ejes en cuestión. El primero una ley que tiene cuarenta y tres años, "la ley de semillas" donde en ese momento no existía la biotecnología y el segundo elemento la ausencia del Estado en el control del uso de semillas, tecnologías, etc. En las dos cuestiones la nueva gestión tiene decisión y voluntad de cambiar esta problemática, modernizando el avance tecnológico, sostuvo Paseyro. Sector Agropecuario

  • Saturday, 21/05/2016 1

    • Alfredo Paseyro: "La resolución 149/2016 beneficia en todo al Trigo"

      Con el objetivo de transparentar y buscar equidad en el sistema de producción y comercialización del trigo, el Ministerio de Agroindustria de la Nación, a través del Instituto Nacional de Semillas, publicó en el Boletín Oficial la Resolución Nº 149/16 que establece que los productores deberán hacer una declaración jurada de la semilla sembrada de trigo, charlamos con Alfredo Paseyro, Gerente General de ASA (Asociación Semilleros Argentinos) quién fija la posición de los Semilleros. La Resolución fija que a partir de la campaña 2016/2017, los usuarios de semilla de trigo inscriptos en el "Registro de Usuarios de Semillas" (ex Registro de Usuarios de Semillas de Soja y Trigo), deberán presentar una declaración jurada con información y documentación sobre el origen de la semilla utilizada y reservada de trigo, siempre que la la facturación anual sea superior a tres (3) veces el monto correspondiente a la categoría más alta de monotributista, independientemente de si se encuentran inscriptos o en el régimen de monotributo. Los productores que se encuentran exentos de declarar son aquellos usuarios de semilla de trigo cuyo monto de facturación anual sea igual o inferior a tres (3) veces el monto correspondiente a la categoría mas alta de monotributista, y quienes estén inscriptos en el Registro Nacional de la Agricultura Familiar (RENAF) del Ministerio de Agroindustria. El primer vencimiento para la declaración es el 31 de agosto de 2016, cuando los productores tendrán que presentar información referente a: ubicación del predio, superficie total sembrada, kilogramos de semilla utilizada, sus variedades y la documentación que avale su origen. La fecha del segundo vencimiento establece que antes del 31 de enero de 2017 se deberá completar una declaración jurada con información referente a la cantidad de semilla reservada para uso propio, variedades y el lugar donde la misma se encuentra almacenada. A partir de allí, cumplidos los requisitos, el INASE entregará a los productores el Certificado de Semilla de Trigo de Uso Propio que servirá a los usuarios para rotular los envases de semilla.

  • Saturday, 03/09/2016 1

  1. 1 / 1